CONVENIO AFILIADOS COMPENSAR – ALSACIA ARBORÉ ETAPA 3

1. OBJETO DE LA CAMPAÑA

Mediante el otorgamiento de un beneficio que más adelante se indicará en este reglamento, Construcciones Planificadas S.A.(CPSA), en su carácter de promotor y constructor del proyecto Alsacia Arboré (Proyecto), incentivará a nuevos compradores que sean afiliados a la caja de compensación familiar COMPENSAR a que se adhieran al Proyecto y realicen la legalización de la compra de un inmueble dentro de la vigencia de la campaña.

2. DEFINICIONES: 

Acuerdo de Vinculación: Formulario de registro de información, denominado Acuerdo de Vinculación, mediante el cual las personas interesadas en la adquisición de un inmueble en el proyecto Alsacia Arboré (Proyecto), se adhieran al encargo Fiduciario de Pre-Ventas.

Legalización: Etapa del proceso de vinculación al contrato de encargo fiduciario de pre- ventas en donde se cumple con las siguientes condiciones: i) Consignación del valor de la separación del inmueble; ii) Vinculación con la fiduciaria asignada al proyecto; iii) Firma de los documentos del negocio; iv) Se haga la verificación SAGRILAFT del Comprador por parte de CPSA y esta no reporte novedad alguna.

3. VIGENCIA

La presente campaña estará vigente desde el 01 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta el agotamiento de los inmuebles destinados por CPSA para la Etapa 3 del Proyecto Alsacia Arboré integrada por la torre 3 (tres), lo que suceda primero.

4. QUIENES PARTICIPAN

Todas aquellas personas que tengan la calidad de afiliado a la Caja de compensación familiar COMPENSAR, durante el proceso de legalización, condición que deberá ser acreditada por certificación expedida por COMPENSAR.

5. BENEFICIO

Bono de descuento equivalente al 1.5% del valor total del inmueble aplicable sobre el último pago de la cuota inicial.

6. INFORMACIÓN PARA TENER EN CUENTA

  • Validez: 1 bono por apartamento vendido.
  • El bono NO es transferible ni es acumulable con otras promociones; para recibir otros descuentos, campañas o beneficios, será necesario la autorización expresa de CPSA.
  • El bono NO es canjeable por dinero en efectivo.
  • El bono es aplicable sobre el ultimo pago de la cuota inicial.
  • La cantidad de bonos disponibles es igual a 50 (cincuenta) unidades, con lo cual una vez se agote la entrega de estos beneficios a los primeros cincuenta clientes, no habrá lugar a la entrega del beneficio a otros compradores.
  • En caso de desistimiento por parte del cliente este bono NO es reembolsable.
  • CPSA se reserva el derecho de hacer modificaciones, adiciones o aclaraciones a este reglamento si se considera necesario, y lo comunicará por medio de página web www.construccionesplanificadas.com
  • Cualquier controversia que se presente dentro de esta campaña que haya sido prevista en el presente reglamento, se resolverá conforme a derecho.
  • Si se demuestra bajo cualquier forma, que el participante en la campaña actuó y/o recibió un bono de manera fraudulenta, dará lugar al retiro del beneficio a favor del participante por parte de CPSA. En todo caso CPSA se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso.